En los últimos meses hemos escuchado sobre la Reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación, aprobada y publicada el pasado 23 de abril del 2021, con la que se pretende terminar con las malas prácticas en favor de los trabajadores. El siguiente paso es que, una vez publicados los lineamientos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las empresas tendrán 3 meses para regularizarse.
La reforma estipula que “La regulación de la subcontratación de servicios y obras especializados distintos del objeto social y de la actividad económica preponderante” es decir, si una empresa desea contratar servicios de diseño gráfico o web, su actividad económica principal no deberá estar relacionada al diseño o a lo digital.
Inquietudes de las empresas al querer contratar una agencia con esta reforma.

La principal duda de las empresas es saber si pueden contratar los servicios especializados de una agencia sin salirse de la ley. La reforma habla de dos conceptos, uno que es el beneficiario como la empresa que contrata los servicios especializados y el segundo que es el contratista que es quien los ofrece poniendo a sus trabajadores a disposición de beneficiario.
Por ejemplo, una agencia de marketing sería el contratista ya que es quien presta servicios especializados de promotoría al beneficiario, el cual, puede ser una empresa de consumo que quiere dar presencia a su producto en punto de venta, y que su principal actividad económica no es la promotoría.
Qué deberán hacer las agencias para seguir operando conforme la ley.
Esta ley demanda que las empresas que ofrecen servicios especializados se registren en un padrón con un conjunto de requisitos para comprobar su actividad económica preponderante, además de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con el trabajador con el IMSS e INFONAVIT, así como la afiliación de la empresa al FONACOT.
Además, deberán modificar todos los contratos como se estipula en la reforma “con número de registro y folios de las actividades del objetivo social o la constancia de situación fiscal registrados en el Padrón y que correspondan con la actividad especifica subcontratada” para estar en cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo, así como en la legislación del seguro social y fiscal.
Así que, si una empresa quiere contratar un servicio de cambaceo, la agencia BTL necesita modificar todos los contratos de sus vendedores con el número del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) lo que garantiza que está dentro de la ley.
En Cerezo Marketing siempre hemos tenido a nuestro personal administrativo y de campo dado de alta en el IMSS, pero aseguramos darnos de alta en el Padrón de Servicios Especializados para cumplir con la Ley Federal del trabajo en cualquiera de nuestros servicios de Trade MKT, Impulso de venta, BTL, Creatividad y Marketing Digital.